Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jerez

Recaudación

 

 

Recaudación

Para la financiación de sus actividades las Cámaras disponen de los siguientes ingresos:

  • El rendimiento de los conceptos integrados en el denominado recurso cameral permanente.
  • Los ingresos ordinarios y extraordinarios obtenidos por los servicios que presten y, en general, por el ejercicio de sus actividades.
  • Los productos, rentas e incrementos de su patrimonio.
  • Las aportaciones voluntarias de sus electores.
  • Las subvenciones, legados o donativos que puedan recibir.
  • Los procedentes de las operaciones de crédito que se realicen.
  • Cualesquiera otros que les puedan ser atribuidos por Ley, en virtud de convenio o por cualquier otro procedimiento de conformidad con el ordenamiento jurídico.


En el Capítulo III de la Ley de Cámaras puede consultar todo lo relativo al Régimen Económico aplicable a las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de España.

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